159.5

La estabilidad, unidad y continuidad del ministerio de
la iglesia local es crucial durante el tiempo de una transición pastoral. Por consiguiente, el su pe rin ten den te del distrito (o un representante nombrado por él) trabajará estrechamente con la junta de la iglesia para implementar los siguientes pasos que: (a) permita a la iglesia local retener a parte o a todo el personal por una temporada durante la transición, (b) dé al nuevo pastor la libertad para desarrollar su propio equipo de ayudantes, si lo deseara; y (c) permita a la junta de la iglesia y al superintendente del distrito la discreción para proveer al personal transitorio un tiempo razonable para hacer los ajustes personales y profesionales necesarios. En primer lugar, tras la renuncia o terminación del pastor, cualquier ayudante también presentará su dimisión efectiva simultáneamente con el pastor. En segundo lugar, una junta de la iglesia puede solicitar que el su perin ten den te del distrito apruebe la continuación del servicio de algunos o todos los ayudantes. Esta aprobación, de otorgarse, podría continuar hasta 90 días después de que el nuevo pastor dé principio a sus deberes o hasta que el pastor entrante nomine a sus ayudantes para el nuevo año, de acuerdo con el párrafo 159. Los directores de escuelas diarias deberán presentar su renuncia efectiva al final del año escolar en que el nuevo pastor asuma las responsabilidades de su cargo. El director ejecutivo de cualquier organización subsidiaria y/o entidad jurídica afiliada presentará su renuncia al final del período contractual en que el nuevo pastor asuma sus responsabilidades. El nuevo pastor tendrá el derecho de recomendar que se emplee a miembros del personal previamente empleado.