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La Asamblea General organizará a la membresía de la
iglesia en distritos.

Un distrito es una entidad formada por iglesias locales interdependientes organizadas para facilitar la misión de cada iglesia local a través del apoyo mutuo, recursos y colaboración.

Los linderos y el nombre de un distrito serán los fijados por el Comité General de Linderos y aprobados por el voto mayoritario de la(s) asamblea(s) del distrito(s) involucrado(s), con la aprobación final del o los superintendentes generales que tengan jurisdicción.

Cuando distritos de más de una región educacional consideren fusionarse en un solo distrito, el Comité General de Linderos determinará la región a la que pertenece el nuevo distrito, en consulta con los superintendentes generales en jurisdicción. (24)