301.1

Cada distrito de Fase 3 estará representado en la Asamblea General de la siguiente manera: dos ministros ordenados asignados y dos laicos por los primeros 6,000 o menos miembros en plena comunión, y un ministro ordenado asignado adicional y un laico adicional por los siguientes 4,000 miembros en plena comunión, así sucesivamente por cada 5,000 miembros en plena comunión. El término “ministro ordenado asignado” incluirá a presbíteros y diáconos. (Ver la tabla a continuación)

Número de miembros en
plena comunión
Número de delegados
0–6,000 4 (2 laicos, 2 ministros)
6,001–10,000 6 (3 laicos, 3 ministeros)
10,001–15,000 8 (4 laicos, 4 ministros)
15,001–20,000 10 (5 laicos, 5 ministros)
20,001–25,000 12 (6 laicos, 6 ministros)
25,001–30,000 14 (7 laicos, 7 ministros)
30,001–35,000 16 (8 laicos, 8 ministros)
35,001–40,000 18 (9 laicos, 9 ministros)
Etc. (en incrementos de 5,000)