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La diaconisa. Una mujer que es miembro en plena comunión de la Iglesia del Nazareno y que crea que Dios la está guiando a ministrar a los enfermos y necesitados, a consolar a los afligidos y hacer otras obras de benevolencia cristiana, que dé evidencias en su vida de habilidad, virtudes e idoneidad, que en los años anteriores a 1985 haya recibido licencia del distrito o haya sido consagrada como diaconisa, podrá continuar en esa categoría. Sin embargo, las mujeres llamadas al ministerio activo y asignado, pero que no han sido llamadas a predicar, deberán llenar los requisitos de ordenación como diaconisa. Las mujeres que deseen obtener una credencial para ejercer ministerios de compasión, podrán llenar los requisitos para ministro laico. (113.9, 503.2–503.9)