539

El secretario general está autorizado para recibir y archivar bajo custodia las credenciales de los miembros del cuerpo ministerial que están en buenas relaciones con la iglesia y que, debido a inactividad en el ministerio por cierto tiempo, deseen archivarlas. En el momento de archivar la credencial, el miembro del cuerpo ministerial certifica al secretario general que la credencial no está siendo archivada con el propósito de evitar medidas disciplinarias. Archivar una credencial no impedirá que un miembro del cuerpo ministerial sea sujeto a disciplina como miembro de dicho cuerpo. Los miembros del cuerpo ministerial que archiven sus credenciales en la oficina del secretario general podrán solicitar que se les devuelvan. (539.10)