Nombre. El nombre para una nueva iglesia organizada lo determinará la iglesia local en consulta con el su pe rin tenden te de distrito y con la aprobación de la junta consultora de distrito. (102.4)
Nombre. El nombre para una nueva iglesia organizada lo determinará la iglesia local en consulta con el su pe rin tenden te de distrito y con la aprobación de la junta consultora de distrito. (102.4)