135.3

Encargarse de que los escritos oficiales, archivos y
documentos legales de la iglesia local, incluyendo títulos, sumarios, pólizas de seguros, documentación de préstamos, listas de membresía de la iglesia, archivos históricos, actas de la junta de la iglesia y documentos de personería jurídica estén depositados ya sea en cajas fuertes o a prueba de fuego en las instalaciones de la iglesia local o cuando sea factible podrán guardarse en cajas de seguridad de bancos locales o de instituciones similares. El acceso a ellos siempre lo compartirá con el pastor y el tesorero de la iglesia, y la custodia será transferida de inmediato a su sucesor.