25.3

Quórum. El quórum en cualquier reunión de la Asamblea General se constituirá por la mayoría de los delegados con derecho a voto que hayan sido registrados por el Comité de Credenciales de la Asamblea General en el lugar de la Asamblea General. Una vez que haya habido quórum, un número menor puede aprobar las partes del acta que aún no se hayan aprobado y levantar la sesión.