346.3

Concilio regional consultivo (RAC, por sus siglas en inglés). Una región puede tener un RAC cuyas responsabilidades serán: (1) Asistir al director regional en el desarrollo de estrategias para la región, (2) revisar y recomendar la aprobación o desaprobación de todas las actas de las juntas nacionales antes de enviarlas a la oficina del secretario general, (3) entrevistar a candidatos al campo misionero a fin de recomendarlos a la Junta General para ser enviados como misioneros globales, y (4) recibir informes del director regional, de los coordinadores de estrategia de área y de los coordinadores de ministerios.

La membresía del RAC será flexible con el fin de configurar el RAC de acuerdo con las necesidades, desarrollo y requisitos de cada región. El director regional recomendará el número de miembros del RAC al director de Misión Global y al superintendente general en jurisdicción para aprobación. Serán miembros ex oficio el superintendente general en jurisdicción de la región, el director de Misión Global y el director regional que servirá como presidente. Las personas que rindan cuentas a Misión Global no serán candidatos para elección al RAC, pero pueden servir como personal de recurso. Los miembros del RAC serán electos por cédula por el comité electoral regional en la Asamblea General. El RAC cubrirá cualquier vacante que se produzca entre Asambleas Generales.

El director regional, en consulta con el RAC, puede convocar una conferencia regional o una conferencia de evangelismo de área como considere necesario. (32.5)