529.2

Cuando un ministro con licencia culmine satisfactoriamente un programa validado de estudios ministeriales, la institución educativa le expedirá un certificado de culminación de dichos estudios. El ministro con licencia deberá presentar el certificado de culminación de estudios a la junta de estudios ministeriales de distrito para considerar su recomendación a la asamblea de distrito para la graduación de un programa validado de estudio.