539.5

Un miembro del cuerpo ministerial que recibe un certificado de recomendación de su iglesia local y no se une a otra Iglesia del Nazareno antes de la próxima asamblea de distrito, o que declara por escrito que se ha retirado de la Iglesia del Nazareno, o que se une a otra denominación como miembro o ministro, y que no ha renunciado a su credencial ministerial, podrá ser expulsado del ministerio de la Iglesia del Nazareno por orden de la asamblea de distrito por recomendación de la junta de credenciales ministeriales de distrito o la junta de ministerio de distrito. Su nombre será removido de la lista de ministros y de la membresía de la iglesia local. (111.1, 815)