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Una respuesta es apropiada en cualquier momento en que una persona con autoridad para responder recibe información que una persona prudente aceptaría como creíble y la cual haría que una persona prudente creyera que se le haría daño a la iglesia, a víctimas potenciales de conducta impropia, o a cualquier otra persona como resultado de conducta impropia de una persona en posición de confianza o autoridad dentro de la iglesia.