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Proceso

  1. El concilio regional de la JNI, en colaboración con la región, establecerá y dará a conocer el proceso para adaptar y revisar el plan de ministerio regional y deberán aprobar las revisiones propuestas antes de presentarlas ante el comité electoral regional.
  2. Las revisiones propuestas del plan de ministerio regional deberán ser distribuidas por escrito a los concilios de la JNI de distrito antes de la reunión del comité electoral regional en la Convención Global de la JNI.
  3. Las revisiones deberán ser aprobadas por un voto de dos terceras partes de todos los delegados y miembros presentes y con derecho a voto en el comité electoral regional y estarán sujetas a la aprobación del director regional y del concilio regional consultivo (si se aplica).
  4. Todo cambio en el plan de ministerio regional entrará en vigor no más de 90 días después de la Convención Global de la JNI. El documento revisado deberá distribuirse por escrito antes de que éste entre en vigor.