231.5

Revisar la reasignación de cualquier ministro local que haya sido nombrado como pastor suplente para aprobar si ha de continuar sus servicios después de la asamblea de distrito siguiente. (531.6)

231.6

Investigar y revisar por qué un ministro ordenado no presentó su informe a la asamblea de distrito por dos años consecutivos y hacer una recomendación a la asamblea de distrito respecto a si debe seguir incluyendo el nombre de tal persona en la lista que es publicada del cuerpo ministerial.

231.7

Investigar los informes de que un ministro ordenado se haya unido a otra iglesia como miembro o que se haya unido a otra denominación o grupo como ministro o que esté participando en actividades independientes sin la debida autorización y hacer una recomendación a la asamblea de distrito respecto a si debe conservar su nombre en la lista del cuerpo ministerial. (112, 538.13)

231.8

Recomendar a la asamblea de distrito la relación como ministro jubilado para el ministro que la solicite o que desee dejar el servicio ministerial activo por causa de su edad o inhabilidad. (205.27, 536)

231.9

Recomendar ante la asamblea de distrito a miembros del cuerpo ministerial y a personas a quienes se le ha extendido licencia para funciones ministeriales, a fin de que se les conceda el traslado a otro distrito, incluyendo traslados temporales aprobados por la junta consultora de distrito. (205.9, 537–537.2)

231.10

Recomendar ante la asamblea de distrito a personas con credenciales ministeriales, a miembros del cuerpo ministerial y a aquellos licenciados para funciones ministeriales, para recibir su traslado de otros distritos, incluyendo traslados temporales aprobados por la junta consultora de distrito. (205.8, 537–537.2)