810.410

Personal asalariado

  1. El superintendente general en jurisdicción de la JNI y la Junta General asignarán la responsabilidad de la JNI al director global de la JNI. El director global de la JNI estará sujeto a la supervisión de la Junta de Superintendentes Generales.
  2. La Junta de Superintendentes Generales elegirá al director de la JNI sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  3. SEn caso de que ocurra una vacante en la posición, se llenará de acuerdo con la siguiente secuencia:
    1. El su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI nominará el director de la JNI, en consulta con el Concilio Global de la JNI y la Junta de Superintendentes Generales.
    2. Después se presentará una cédula al Concilio Global de la JNI para su aprobación por un voto de mayoría absoluta y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  4. Después de la nominación por el su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI, un director de la JNI en funciones será aprobado por voto de mayoría absoluta del Concilio Global de la JNI en su primera reunión programada después de la Asamblea General, y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  5. El director global de la JNI no podrá servir como oficial electo de la JNI.
  6. El director global de la JNI servirá como miembro ex oficio del Concilio Global de la JNI, el Comité Ejecutivo, todo concilio regional y otros comités globales de la JNI según sean nombrados.

810.411

Composición

  1. El Concilio Global de la JNI se compondrá del director de la JNI, el presidente del Concilio Global de la JNI y un representante de cada región mundial elegido / a de acuerdo al plan de ministerio de cada región.
  2. El Concilio Global de la JNI podrá asignar a otras personas según considere necesario para servir como miembros del concilio sin derecho a voto.
  3. Miembros del Concilio Global de la JNI deberán ser miembros de la JNI y de la Iglesia del Nazareno.

810.412

Responsabilidades

  1. El Concilio Global de la JNI, en colaboración con el director global de la JNI y el personal de la JNI, establecerá procedimientos para la JNI Global y proveerá dirección y apoyo al desarrollo de recursos para el ministerio entre los jóvenes en todos los niveles de la JNI, sujeto a la aprobación del su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI y la Junta General. El ministerio de la JNI será diseñado para alcanzar a los jóvenes para Cristo y para responder a sus necesidades de crecimiento espiritual; será facilitado por el director de la JNI y el liderazgo de la JNI por todo el mundo.
  2. El Concilio Global de la JNI proveerá un foro para apoyar y desarrollar programas, eventos y recursos efectivos para el ministerio entre jóvenes al nivel regional, en armonía con la misión y visión de la JNI.
  3. El Concilio Global de la JNI proveerá una avenida para la representación de la JNI regional, de área, distrital y local por medio de miembros del concilio al personal de la JNI. Los miembros del concilio también representarán a la JNI Global al iniciar contacto con sus regiones, áreas, distritos e iglesias locales a nombre del Concilio Global de la JNI y la Oficina Global de la JNI.
  4. El Concilio Global de la JNI ayudará en la planificación y administración de la Convención Global de la JNI.
  5. El Concilio Global de la JNI brindará su aporte al área juvenil de la escuela dominical/estudios bíblicos/grupos pequeños y ayuda a promover el crecimiento en la matrícula y asistencia de los jóvenes y la capacitación para maestros y líderes de escuela dominical/estudios bíblicos/grupos pequeños y líderes de jóvenes por todo el mundo, en asociación con MIEDD.
  6. TEl Concilio Global de la JNI revisará el presupuesto anual y los gastos de la Oficina Global de la JNI provistos por medio de la Junta General.
  7. El Concilio Global de la JNI dirigirá y revisará el gasto de fondos provistos por medio de eventos y asociaciones de la JNI sujetos a la aprobación del superintendente general en jurisdicción.

810.413

Comités

  1. El comité ejecutivo se compondrá de los oficiales de la JNI Global y el director de la JNI. El comité ejecutivo podrá llevar a cabo los asuntos del Concilio Global de la JNI cuando no sea práctico o posible reunir a todo el concilio. Todas las acciones del comité ejecutivo se comunicarán a los miembros restantes del concilio y estarán sujetas a la aprobación de todo el concilio en su próxima reunión.
  2. El Concilio Global de la JNI puede establecer comités para ministerios específicos, según sea necesario para avanzar su obra.

810.414

Personal asalariado

  1. El director de la JNI está sujeto a la supervisión del Director de Misión Global y de la Junta de Superintendentes Generales. El Concilio Global de la JNI podrá recomendar al superintendente general responsable de la JNI que revise estos deberes.
  2. El director de la JNI, en consulta con el Concilio Global de la JNI, asignará las responsabilidades del personal asalariado de la Oficina Global de la JNI. El Concilio Global de la JNI y el personal de la Oficina Global de la JNI trabajarán en cooperación y armonía.
  3. El director de la JNI no podrá servir como presidente del Concilio Global de la JNI.

810.415

Reuniones de la JNI Global

  1. Para brindar un ministerio eficaz a los jóvenes, el ministerio de la JNI Global puede involucrar una variedad de reuniones de adoración, enseñanza, capacitación, compañerismo y evangelismo. El liderazgo de la JNI Global trabajará en conjunto con los líderes de la JNI regional, de área, distrital y local para planificar el ministerio al nivel global, en relación a grupos específicos, y dirigido hacia varias regiones, a fin de que el ministerio entre los jóvenes en la Iglesia del Nazareno sea más eficaz.
  2. Los líderes y el personal de la JNI Global estarán activamente involucrados con la JNI en cada nivel como recursos para el ministerio eficaz.

810.416

Reuniones del Concilio Global de la JNI

  1. El Concilio Global de la JNI se reúne anualmente para avanzar la misión y visión de la JNI. La fecha de la reunión se fija de acuerdo con la reunión anual de la Junta General.
  2. Los oficiales de la JNI Global o el director de la JNI podrán convocar reuniones especiales según sea necesario, en consulta con el superintendente general en jurisdicción
    de la JNI.

810.417

Convención Global de la JNI

  1. La Convención Global de la JNI hará provisión para tener sesiones de inspiración para el avance del ministerio entre los jóvenes en todo el mundo. En la Convención Global de la JNI se recibirán informes y se tratará cualquier asunto legislativo relacionado con la obra de la JNI.
  2. La Junta de Superintendentes Generales establecerá la duración de la convención y los horarios en que se convoca, según las recomendaciones del Concilio Global de la JNI al comité de programa de la asamblea general. Los oficiales de la JNI Global y el director de la JNI dirigirán la convención, con la ayuda del Concilio Global de la JNI.
  3. Todos los delegados de la Convención Global de la JNI deberán ser miembros de la Iglesia del Nazareno y de la JNI y tener 12 años de edad o más al momento de celebrarse la Convención Global de la JNI. Además, cada delegado distrital de la JNI deberá ser miembro y residir en el distrito que él/ella representa durante la convención.
  4. TLa Convención Global de la JNI se compondrá por el Concilio Global de la JNI, el director de la JNI, oficiales regionales ejecutivos debidamente electos (no más de tres), los coordinadores de jóvenes a nivel regional, de área, nacional y de distrito, y los delegados de la JNI de distrito, de la siguiente manera:
    1. Los distritos con 1,000 miembros o menos de la JNI podrán enviar los siguientes delegados:
      1. El presidente de la JNI de distrito en funciones durante la Convención Global de la JNI;
      2. Un delegado ministerial activo en el liderazgo de la JNI quien es presbítero, diácono o ministro licenciado asignado por el distrito;
      3. Un delegado laico de más de 23 años de edad al momento de celebrarse la Convención Global de la JNI y que esté activo en el liderazgo de la JNI; y
      4. Un delegado joven entre 12 y 23 años de edad al momento de celebrarse la Convención Global de la JNI y que esté activo en la JNI.
    2. Además, el distrito podrá enviar un delegado ministerial, un delegado laico y un delegado joven entre 12 y 23 años de edad adicionales por cada 1,500 miembros adicionales de la JNI y/o la porción final mayor de 1,500 miembros (751–1,499).
    3. El tamaño de la delegación del distrito se basa en el informe de membresía de la JNI de distrito a la asamblea de distrito en el año fiscal inmediatamente antes de la Convención Global de la JNI.
    4. Todos los delegados de distrito deben ser electos por cédula por voto mayoritario en una sesión de la convención distrital de la JNI dentro de los 18 meses antes de la Convención Global de la JNI o dentro de 24 meses en áreas donde se necesiten visas o extensos preparativos. Los delegados suplentes podrán ser electos después de los delegados electos en otra cédula, de entre los nominados restantes, por voto de pluralidad, designando al primer suplente, segundo suplente, tercer suplente, etc., según el número de votos que reciban. Los delegados y los delegados suplentes deben ser electos antes del 31 de marzo del año de la Convención Global de la JNI.
    5. El presidente del cuerpo estudiantil de cada universidad o escuela teológica nazarena también podrá servir como delegado, como representante de la asociación de la JNI con su institución. En caso de que no pueda prestar servicios o asistir, un representante seleccionado por el cuerpo de gobierno estudiantil podrá proveer representación suplente.
  5. En el caso de distritos que no tuvieran una JNI organizada (donde no hay convención distrital de la JNI), la representación a la Convención Global de la JNI puede estar compuesta por un delegado con edad para ser miembro de la JNI, escogido por la asamblea de distrito. En caso de que el delegado renuncie antes de la convención, la junta consultora de distrito puede asignar a un delegado calificado.
  6. La barra de elección de la Convención Global de la JNI se establecerá para facilitar que los delegados debidamente electos participen en la votación de la Convención Global de la JNI. Esta votación se realizará siguiendo los procedimientos de votación establecidos por el comité de negocios de la convención.
  7. Se convocará un comité electoral regional por cada región durante la Convención Global de la JNI y está compuesto por el concilio regional de la JNI, el director regional y el coordinador regional de jóvenes y los delegados electos de la JNI de distrito de dicha región.
MIembros Delgados*
4–1750 3
1751–3250 6
3251–4750 9
4751–6250 12
6251–7750 15
7751–9250 18

* El número de delegados electos de una JNI de distrito no incluye delegados ex oficio (presidente de la JNI de distrito, presidentes y coordinadores de la JNI regional y oficiales globales, etc.).