125.5

Si el pastor escoge no proceder con la votación de la
congregación o decide no aceptar la votación, él o ella presentará su renuncia. En tal caso, la relación iglesia / pastor concluirá en la fecha fijada por el su pe rin ten den te de distrito, no antes de 30 ni después de 180 días de la decisión del pastor de no seguir adelante con la votación de la congregación o aceptarla. (113.8, 123124)