346

Origen y propósito. Con el crecimiento de la iglesia en todo el mundo se ha desarrollado la agrupación de varios distritos organizados en áreas geográficas identificadas como regiones. Un conglomerado de distritos responsables ante el gobierno general de la Iglesia del Nazareno y que comparten un sentido de identificación regional y cultural podrá organizarse como una región administrativa por decisión de la Junta General y la aprobación de la Junta de Superintendentes Generales.

346.1

Reglamento regional. En conformidad con el tratamiento asimétrico de organización, la Junta de Superintendentes Generales puede, cuando lo considere necesario, y en consulta con el RAC, estructurar regiones administrativas de acuerdo con necesidades particulares, problemas potenciales, realidades existentes y diversos trasfondos culturales y educativos en sus áreas geográficas particulares del mundo. En tales situaciones, la Junta de Superintendentes Generales establecerá un reglamento que tome en cuenta compromisos no negociables, incluyendo nuestros Artículos de Fe, el apego fiel a nuestra doctrina y vida de santidad y el apoyo a nuestros extensos esfuerzos misioneros de evangelización.

346.2

Deberes. Los deberes principales de las regiones son:

  1. Cumplir la misión de la Iglesia del Nazareno a través de áreas pioneras, distritos e instituciones establecidas.
  2. Desarrollar una conciencia regional, compañerismo y estrategias para cumplir la Gran Comisión, reuniendo periódicamente a los representantes distritales e institucionales con el propósito de planificación, oración e inspiración.
  3. Nominar a personas a la Asamblea General y Convenciones Globales para las elecciones a la Junta General.
  4. De acuerdo con las provisiones del Manual, establecer y mantener escuelas, universidades u otras instituciones que las regiones determinen.
  5. Tener la autorización para reclutar y evaluar, conforme al reglamento, a candidatos de la región al campo misionero. (346.3);
  6. Planificar reuniones del RAC y conferencias regionales; y
  7. Facilitar juntas nacionales como se estipula en los párra-
    fos 345 y 346.3.

346.3

Concilio regional consultivo (RAC, por sus siglas en inglés). Una región puede tener un RAC cuyas responsabilidades serán: (1) Asistir al director regional en el desarrollo de estrategias para la región, (2) revisar y recomendar la aprobación o desaprobación de todas las actas de las juntas nacionales antes de enviarlas a la oficina del secretario general, (3) entrevistar a candidatos al campo misionero a fin de recomendarlos a la Junta General para ser enviados como misioneros globales, y (4) recibir informes del director regional, de los coordinadores de estrategia de área y de los coordinadores de ministerios.

La membresía del RAC será flexible con el fin de configurar el RAC de acuerdo con las necesidades, desarrollo y requisitos de cada región. El director regional recomendará el número de miembros del RAC al director de Misión Global y al superintendente general en jurisdicción para aprobación. Serán miembros ex oficio el superintendente general en jurisdicción de la región, el director de Misión Global y el director regional que servirá como presidente. Las personas que rindan cuentas a Misión Global no serán candidatos para elección al RAC, pero pueden servir como personal de recurso. Los miembros del RAC serán electos por cédula por el comité electoral regional en la Asamblea General. El RAC cubrirá cualquier vacante que se produzca entre Asambleas Generales.

El director regional, en consulta con el RAC, puede convocar una conferencia regional o una conferencia de evangelismo de área como considere necesario. (32.5)

346.4

El director regional. Cuando se considere necesario, una región podrá tener un director electo por la Junta de Superintendentes Generales en consulta con el director de Misión Global y ratificado por la Junta General, para trabajar en armonía con los reglamentos y prácticas de la Iglesia del Nazareno dando liderazgo a los distritos, iglesias e instituciones de dicha región en cumplimiento de la misión, estrategias y programas de la iglesia. Previo a la reelección de un director regional, el director de Misión Global y el superintendente general en jurisdicción realizarán una revisión, con el consejo del RAC. Una revisión positiva constituirá una aprobación de la recomendación para la reelección. Cada director regional será responsable administrativamente a Misión Global y la Junta General y en asuntos de jurisdicción ante la Junta de Superintendentes Generales.

346.5

El coordinador de estrategia de área. Cuando se considere necesario, el director regional puede establecer una estructura de área en la región y recomendar al director de Misión Global la designación de coordinadores de estrategias de área de acuerdo con el Manual de procedimientos y política de Misión Global. Los coordinadores de estrategias de área serán responsables al director regional.

346.6

Comité consultivo regional del programa de es-
tudios. El comité consultivo regional del programa de estudios (COSAC por sus siglas en inglés) estará compuesto por el coordinador regional de educación, quien será presidente ex oficio del comité, más los representantes seleccionados en consulta con el director regional. Los miembros del comité deben representar a todas las partes interesadas en la educación ministerial, (por ejemplo: pastores, administradores, educadores, y laicos) para la región.

346.7

Las responsabilidades del COSAC son:

  1. Elaborar la Guía regional de desarrollo ministerial estipulando las normas de los requerimientos mínimos de educación en la región en la Iglesia del Nazareno. La guía debe reflejar las normas establecidas en el Manual y elaboradas en la Guía internacional sobre el desarrollo de normas para la ordenación;
  2. Elaborar procedimientos de validación para los programas de educación ministerial en su región, verificar si los programas regionales cumplen las normas mínimas del COSAC y del ICOSAC;
  3. Colaborar con los proveedores de educación regional al interpretar las normas en los programas de educación ministerial;
  4. Revisar los programas de educación ministerial presentados de acuerdo con las normas de la Guía internacional sobre el desarrollo de normas para la ordenación;
  5. Recomendar los programas de educación ministerial regional al ICOSAC para su adopción y aprobación.