302

La Asamblea General se reunirá cada cuatro años en junio, en la fecha y lugar determinados por una Comisión de la Asamblea General, compuesta por los superintendentes generales y un número igual de personas escogidas por la Junta de Superintendentes Generales. Los superintendentes generales y esta comisión también tendrán la facultad, en casos graves e imprevistos, de cambiar la fecha y el lugar de la reunión de la Asamblea General.

302.1

La Junta de Superintendentes Generales en consulta con el Comité Ejecutivo de la Junta General está autorizada, cuando sea apropiado, para seleccionar sitio(s) simultáneo(s) para la Asamblea General. Los votos del (los) sitio(s) simultáneo(s) serán reconocidos como oficiales junto a los votos de los delegados del sitio principal de la Asamblea.

302.2

La Asamblea General se iniciará en domingo con un día entero de servicios devocionales e inspiradores. Se harán todas las provisiones necesarias para tratar los negocios cuidadosa y ordenadamente y para celebrar servicios similares al fin de la sesión si así se dispone. La Asamblea General fijará el tiempo de su clausura. (25.3)