111

Traslado. Cuando un miembro lo solicite, el pastor puede extenderle una carta de traslado de su membresía (véase formulario en el párrafo 817) a cualquier iglesia local de la Iglesia del Nazareno que él indique, siendo válida dicha carta de traslado solamente por tres meses. Cuando la iglesia local receptora acuse recibo de la carta de traslado cesará la membresía de dicha persona en la iglesia local anterior. (818)

111.1

Recomendación. Cuando un miembro lo solicite, el pastor puede extenderle un certificado de recomendación (véase formulario en el párrafo 815) a cualquier iglesia evangélica que él indique, después de lo cual cesará de inmediato la membresía de dicha persona en la iglesia local. (112.2, 539.5, 815)