510.4

Una auto-evaluación regular y una revisión semejante a la revisión de la relación de la iglesia con el pastor será realizada conjuntamente por el evangelista y el superintendente de distrito por lo menos cada cuatro años, después de que el evangelista sea electo para este rol. El su pe rin ten den te de distrito será responsable de fijar la fecha y dirigir la reunión. Esta reunión se convocará en consulta con el evangelista. Al completar la revisión se deberá enviar un informe de los resultados al comité sobre los intereses del evangelista llamado por Dios, para evaluar si sigue llenando los requisitos y así continuar aprobado. (211.21)