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Después de la decisión de una junta de disciplina, el acusado, la junta consultora de distrito o los que firmaron las acusaciones tendrán derecho de apelar ante la corte regional de apelaciones. Esta apelación deberá iniciarse dentro de los 30 días siguientes a la decisión y la corte revisará todo el expediente del caso y las medidas que se tomaron. Si la corte descubre algún error sustancial en perjuicio del derecho de cualquiera de las partes corregirá dicho error ordenando una nueva audiencia, conducida de tal manera que corrija el perjuicio de la parte afectada por la decisión y el procedimiento previos.