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Elecciones

  1. Los oficiales de la JNI regional serán electos por el comité electoral de la JNI regional en una reunión especial en la Convención Global de la JNI. Los oficiales regionales servirán desde la clausura de la Convención Global de la JNI hasta la clausura de la siguiente Convención Global de la JNI.
  2. Un comité nominativo de la JNI regional nominará a los oficiales de la JNI regional. El comité nominativo es asignado por el concilio regional de la JNI y se constituye de por lo menos cuatro miembros de la JNI regional, incluyendo al presidente del concilio regional de la JNI y director regional. Por lo menos dos nombres se presentan al comité regional electoral por cada puesto. Todos los nominados deberán ser aprobados por el concilio regional de la JNI y el director regional.
  3. Un presidente del Concilio de la JNI en funciones que sea elegible para otro periodo podrá ser reelecto por voto de “sí” o “no” cuando dicha elección sea recomendada por el concilio regional de la JNI, aprobada por el director regional y aprobada por voto favorable de dos terceras partes por cédula del comité electoral regional en la Convención Global de la JNI.
  4. Una vacante ocurrirá cuando un oficial cambie su membresía fuera de la región, renuncie, o sea destituido de su cargo por un voto de dos terceras partes del Concilio Global de la JNI debido al descuido de sus responsabilidades o conducta impropia. Si ocurriera una vacante entre los oficiales, el concilio regional de la JNI llenará la vacante por un voto de dos terceras partes si hay un solo nominado, o por un voto de mayoría absoluta en caso de haber dos o más nominados. En caso de una vacante en el cargo de presidente del concilio regional de la JNI, la región elegirá un nuevo presidente del concilio de acuerdo con el plan global de ministerio de la JNI.