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La junta de la iglesia, juntamente con el pastor, seguirán los planes adoptados por la Junta de Superintendentes Generales y la Junta General para recaudar, de la iglesia local, el Fondo para la Evangelización Mundial (FEM) y los fondos para los ministerios de distrito y los enviará regularmente al tesorero general y al tesorero de distrito respectivamente. (317.10, 335.7)