538.7

En caso de que el certificado de ordenación de un presbítero o diácono se haya extraviado, mutilado o destruido, se le puede extender un certificado duplicado por recomendación de la junta consultora de distrito. Tal recomendación deberá hacerse directamente al superintendente general en jurisdicción y, después de su aprobación, el secretario general emitirá un duplicado del certificado. En el reverso del certificado deberá incluirse el número original junto con la palabra DUPLICA-DO. Si el superintendente general, superintendente de distrito o el secretario de distrito que firmaron el certificado original no están disponibles, lo firmarán el su pe rin ten den te general en jurisdicción, el superintendente de distrito y el secretario de distrito, del distrito que solicita el certificado duplicado. En el reverso deberá incluirse la siguiente declaración, manuscrita o impresa, o en ambas formas, y deberán firmar el superintendente general en jurisdicción, el su pe rin ten den te de distrito y el secretario de distrito.

Este certificado se extiende en lugar del certificado original de ordenación dado a (nombre) el _____ (día) de _____________ (mes) de 20___ (año), por (organización que lo ordenó), el (fecha en la cual fue ordenado(a) ) y su certificado original de ordenación fue firmado por (superintendente general, su pe rin ten den te de distrito
y secretario de distrito).

El certificado original fue (extraviado, mutilado, destruido).
________________________ Superintendente general
________________________ Superintendente de distrito
________________________ Secretario de distrito