810.410

Personal asalariado

  1. El superintendente general en jurisdicción de la JNI y la Junta General asignarán la responsabilidad de la JNI al director global de la JNI. El director global de la JNI estará sujeto a la supervisión de la Junta de Superintendentes Generales.
  2. La Junta de Superintendentes Generales elegirá al director de la JNI sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  3. SEn caso de que ocurra una vacante en la posición, se llenará de acuerdo con la siguiente secuencia:
    1. El su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI nominará el director de la JNI, en consulta con el Concilio Global de la JNI y la Junta de Superintendentes Generales.
    2. Después se presentará una cédula al Concilio Global de la JNI para su aprobación por un voto de mayoría absoluta y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  4. Después de la nominación por el su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI, un director de la JNI en funciones será aprobado por voto de mayoría absoluta del Concilio Global de la JNI en su primera reunión programada después de la Asamblea General, y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  5. El director global de la JNI no podrá servir como oficial electo de la JNI.
  6. El director global de la JNI servirá como miembro ex oficio del Concilio Global de la JNI, el Comité Ejecutivo, todo concilio regional y otros comités globales de la JNI según sean nombrados.