810.407

Oficiales

  1. Los oficiales electos de la JNI Global serán el presidente del concilio y el vicepresidente del concilio.
  2. Ninguna persona podrá ser elegida como presidente del Concilio Global de la JNI si es empleado de la Church of the Nazarene, Inc., o de cualquier entidad incluyendo instituciones educativas que reciben subsidio financiero de la Church of the Nazarene, Inc. Las personas de distritos u otras entidades que reciben fondos operativos de la iglesia general tampoco serán elegibles.
  3. Los oficiales de la JNI Global deberán ser miembros de la JNI y de la Iglesia del Nazareno, estar activos en el ministerio entre los jóvenes, ser líderes en ejemplo personal y ministerio, y ser miembros del Concilio Global de la JNI.
  4. Los oficiales de la JNI Global servirán sin sueldo. El financiamiento de los gastos administrativos de los oficiales de la JNI Global será designado como parte de los fondos de la JNI.
  5. Un oficial de la JNI Global podrá fungir en su cargo sólo por un período completo.

810.408

Elecciones

  1. El presidente del Concilio Global de la JNI será electo por un voto de mayoría absoluta en la Convención Global de la JNI y servirá hasta el cierre de la siguiente Asamblea General o hasta que su sucesor sea electo.
  2. Cada región nominará una persona para presidente del Concilio Global de la JNI durante la reunión del comité electoral de la JNI regional en la Convención Global de la JNI.
  3. El vicepresidente de la JNI Global será electo por el Concilio Global de la JNI en su primera reunión durante o después de la Asamblea General y servirá hasta el cierre de la siguiente Asamblea General o hasta que su sucesor sea electo.
  4. Una vacante ocurrirá en el puesto de presidente del concilio o vicepresidente del Concilio Global de la JNI cuando él/ella renuncie o sea destituido de su cargo por voto de dos terceras partes del Concilio Global de la JNI debido al descuido de sus responsabilidades o conducta impropia. En caso de una vacante entre los oficiales de la JNI Global, el Concilio Global de la JNI elegirá su reemplazante.

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Responsabilidades

  1. Las responsabilidades del presidente del Concilio Global de la JNI incluirán:
    1. Presidir las reuniones de la Convención Global de la JNI y las reuniones del Concilio Global de la JNI.
    2. Representar a la JNI como miembro de la Junta General y como delegado de la Asamblea General.
    3. Desempeñar otras responsabilidades según sean asignadas por el concilio y la Convención Global de la JNI.
  2. Las responsabilidades del vicepresidente del Concilio Global de la JNI incluyen:
    1. Cooperar con el presidente del Concilio Global de la JNI de todas las formas posibles para desempeñar un ministerio eficaz entre los jóvenes a nivel global.
    2. Asegurar que se conserven archivos precisos de todos los asuntos de la Convención Global de la JNI y de todas las reuniones del Concilio Global de la JNI para presentarlos ante la Junta General.
    3. Presidir el Concilio Global de la JNI, proveer representación suplente en cualquier junta o concilio, y cumplir con cualquier obligación designada en caso de que el presidente del Concilio Global de la JNI esté ausente.
    4. Desempeñar otras responsabilidades según le sean asignadas por el Concilio Global de la JNI y la Convención Global de la JNI.

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Personal asalariado

  1. El superintendente general en jurisdicción de la JNI y la Junta General asignarán la responsabilidad de la JNI al director global de la JNI. El director global de la JNI estará sujeto a la supervisión de la Junta de Superintendentes Generales.
  2. La Junta de Superintendentes Generales elegirá al director de la JNI sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  3. SEn caso de que ocurra una vacante en la posición, se llenará de acuerdo con la siguiente secuencia:
    1. El su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI nominará el director de la JNI, en consulta con el Concilio Global de la JNI y la Junta de Superintendentes Generales.
    2. Después se presentará una cédula al Concilio Global de la JNI para su aprobación por un voto de mayoría absoluta y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  4. Después de la nominación por el su pe rin ten den te general en jurisdicción de la JNI, un director de la JNI en funciones será aprobado por voto de mayoría absoluta del Concilio Global de la JNI en su primera reunión programada después de la Asamblea General, y estará sujeto a los procedimientos electorales de la Junta General.
  5. El director global de la JNI no podrá servir como oficial electo de la JNI.
  6. El director global de la JNI servirá como miembro ex oficio del Concilio Global de la JNI, el Comité Ejecutivo, todo concilio regional y otros comités globales de la JNI según sean nombrados.